Miércoles, 25 de febrero del 2009
Prorrogan estado de emergencia en jurisdicciones de Huánuco, San Martín y Ucayali
El Gobierno dispuso la prórroga del estado de emergencia en diversas jurisdicciones de los departamentos de Huánuco, San Martín y Ucayali a partir del próximo 2 de marzo y por un plazo de 60 días, al subsistir las condiciones que determinaron esta declaratoria.
En Huánuco la medida comprende al distrito de Cholón, de la provincia del Marañón; al distrito de Monzón, de la provincia de Huamalíes; y a la provincia de Leoncio Prado.
Igualmente, a las provincias de Tocache, en San Martín; y Padre Abad, en Ucayali, según un decreto supremo publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Durante este período quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.
La emergencia fue declarada con anterioridad al haberse producido actos contrarios al orden interno que afectaron el normal desenvolvimiento de las actividades de la población de las referidas jurisdicciones.
Al estar por vencer el plazo de vigencia del estado de emergencia, todavía persisten las condiciones que determinaron su declaración, precisa la norma, refrendada por el Presidente de la República, Alan García Pérez; y el presidente del Consejo de Ministros, Yehude Simon.
El decreto también lleva las rúbricas de los ministros de Defensa, Antero Flores-Aráoz; del Interior, Mercedes Cabanillas; y de Justicia, Rosario Fernández.
(Andina)
Prorrogan estado de emergencia en jurisdicciones de Huánuco, San Martín y Ucayali
El Gobierno dispuso la prórroga del estado de emergencia en diversas jurisdicciones de los departamentos de Huánuco, San Martín y Ucayali a partir del próximo 2 de marzo y por un plazo de 60 días, al subsistir las condiciones que determinaron esta declaratoria.
En Huánuco la medida comprende al distrito de Cholón, de la provincia del Marañón; al distrito de Monzón, de la provincia de Huamalíes; y a la provincia de Leoncio Prado.
Igualmente, a las provincias de Tocache, en San Martín; y Padre Abad, en Ucayali, según un decreto supremo publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Durante este período quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.
La emergencia fue declarada con anterioridad al haberse producido actos contrarios al orden interno que afectaron el normal desenvolvimiento de las actividades de la población de las referidas jurisdicciones.
Al estar por vencer el plazo de vigencia del estado de emergencia, todavía persisten las condiciones que determinaron su declaración, precisa la norma, refrendada por el Presidente de la República, Alan García Pérez; y el presidente del Consejo de Ministros, Yehude Simon.
El decreto también lleva las rúbricas de los ministros de Defensa, Antero Flores-Aráoz; del Interior, Mercedes Cabanillas; y de Justicia, Rosario Fernández.
(Andina)
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